Cualquier cazador que adquiera la Licencia Federativa Autonómica de Cataluña, pasa a forma parte de la Federación Catalana de Caza, ésta, mediante su infraestructura de Representaciones Territoriales y oficinas centrales, ofrece unas prestaciones y servicios adecuados a las necesidades de los federados catalanes y de las sociedades de cazadores federadas.
Los documentos necesarios para la práctica deportiva de la Caça son:
Un cazador estará obligado a tener la licencia de Caza, el permiso de Armas y el seguro de daños a terceros, en cualquier modalidad de caza deportiva que practique.
De esta forma, un cazador que no quiera concursar, ni competir, ni afiliarse a una Sociedad de Cazadores federada, no estaría obligado a tener la Licencia Federativa. Pero en caso de que el cazador quiera competir en pruebas organizadas y regladas por la Federación o afiliarse a una sociedad federada de caza, está obligado a obtener la Licencia Federativa.
Sin embargo, aquellas personas que no quieran competir, pueden estar federadas y disfrutar de las ventajas que esto conlleva.
El cazador federado cuenta con un gran número de ventajas por el hecho de pertenecer a la FCC como el seguro de daños propios, el cual cubre los gastos por accidente del propio cazador, costes que no están contemplados en el seguro obligatorio, es por ese motivo que se integra en la Licencia Federativa.
Asimismo, seguimos trabajando para cerrar acuerdos con empresas de interés por el colectivo que nos ofrecen productos y servicios en condiciones preferentes para nuestros federados y federadas